Transferencia de Cupo (CUPO Y VEHÍCULO)

Atención

EN VIRTUD DEL ACUERDO N 141 DE 20 DE OCTUBRE DE 2020, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2021, LAS TARJETAS DE TRASPASO ES DE USO OBLIGATORIO EN ESTE TRÁMITE.

El Contribuyente pueda transferir el vehículo junto con el cupo a otra persona.  Aplica para los contribuyentes que desean transferir tanto el cupo como el vehículo a la misma persona.

Requisitos

Cuando comprador y vendedor presente:

  • Tarjeta de traspaso debidamente notariada  y autenticada, indistintamente se encuentren presentes ambas partes. La tarjeta debe estar firmada por el propietario y acreedor hipotecario del vehículo.
  • Registro Único de Propiedad Vehicular (Original y dos fotocopias).
  • Certificado de Inspección Vehicular (Original y dos fotocopias).
  • Dos (2) fotocopias de cédulas de comprador y vendedor vigentes (presentar la original).
  • Certificado de Operación de la ATTT. Copia a nombre del Vendedor con el estatus de “liberación”.
  • Certificado de Operación de la ATTT que debe venir a nombre del comprador (son 2 hojas, la celeste y la blanca).

Requisitos Cuando el vendedor presente y comprador ausente: 

  • Traer tarjeta de traspaso debidamente notariada  y autenticada, indistintamente se encuentren presentes ambas partes. La tarjeta debe estar firmada por el propietario y acreedor hipotecario del vehículo.

Requisitos Cuando el vendedor ausente y comprador presente:

  • Traer tarjeta de traspaso debidamente notariada  y autenticada, indistintamente se encuentren presentes ambas partes. La tarjeta debe estar firmada por el propietario y acreedor hipotecario del vehículo.
    arjeta de traspaso firmada por ambos, pero notariada.
  • Registro Único de Propiedad Vehicular notariado.

Requisitos Cuando el vendedor y comprador están ausentes

  • La tercera persona que realiza el trámite debe traer la tarjeta de traspaso debidamente notariada  y autenticada, indistintamente se encuentren presentes ambas partes. La tarjeta debe estar firmada por el propietario y acreedor hipotecario del vehículo.
  • Carta de autorización del vendedor, notariada, especificando el trámite para el que se le está dando autorización a esa tercera persona.

Observación

  • Este tramite tiene vigencia de 30 días calendario.

Dirección Física

Departamento de Recaudación

Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.

Horario de atención

Lunes a Viernes 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

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