Permiso para Realizar Servicio Movil de Sonido o Audio

Necesitan el permiso:

Personas naturales o jurídicas dentro del distrito de Panamá, que se dediquen a prestar el servicio móvil de sonido o audio para amenizar eventos, actividades o celebraciones bailables puedan obtener el permiso correspondiente emitido por el Municipio de Panamá (Art. 14).

Requisitos

  • Memorial o nota dirigida al Alcalde solicitando el Permiso.
  • Copia de la cédula de identidad personal, si se trata de persona natural, o de la inscripción en el Registro Público, en caso de persona jurídica.
  • Teléfono o número de contacto del propietario o administrador del servicio.
  • Copia del respectivo Aviso de Operación debidamente inscrito en el Sistema Panamá Emprende.
  • Paz y Salvo Municipio de Panamá.
  • Recibo de pago efectuado a Tesorería Municipal en que conste la cancelación de derechos originarios de la presente inscripción. El permiso causará el pago de una tasa a favor del Tesoro Municipal y tendrá vigencia de un año.

Observación

Se entiende como servicio móvil de sonido, todo equipo de sonido autónomo o incorporado a los vehículos que se pueda trasladar de un lugar a otro, utilizado para entretener o amenizar eventos, actividades o celebraciones bailables, mediante el uso de amplificadores, bocinas u otros equipos e instrumentos similares, como discotecas móviles y vehículos a motor cuyos equipos de reproducción de audio hayan sido modificados para aumentar su poder sonoro o generar sonido amplificado.

Base Legal

Fundamento de Derecho: Acuerdo 141 de 23 de septiembre de 2014.

Dirección Física

Dirección de Legal y Justicia.

Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.

Horario de atención

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m

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