Necesitan el permiso:
Personas naturales o jurídicas dentro del distrito de Panamá, que se dediquen a prestar el servicio móvil de sonido o audio para amenizar eventos, actividades o celebraciones bailables puedan obtener el permiso correspondiente emitido por el Municipio de Panamá (Art. 14).
Requisitos
- Memorial o nota dirigida al Alcalde solicitando el Permiso.
- Copia de la cédula de identidad personal, si se trata de persona natural, o de la inscripción en el Registro Público, en caso de persona jurídica.
- Teléfono o número de contacto del propietario o administrador del servicio.
- Copia del respectivo Aviso de Operación debidamente inscrito en el Sistema Panamá Emprende.
- Paz y Salvo Municipio de Panamá.
- Recibo de pago efectuado a Tesorería Municipal en que conste la cancelación de derechos originarios de la presente inscripción. El permiso causará el pago de una tasa a favor del Tesoro Municipal y tendrá vigencia de un año.
Observación
Se entiende como servicio móvil de sonido, todo equipo de sonido autónomo o incorporado a los vehículos que se pueda trasladar de un lugar a otro, utilizado para entretener o amenizar eventos, actividades o celebraciones bailables, mediante el uso de amplificadores, bocinas u otros equipos e instrumentos similares, como discotecas móviles y vehículos a motor cuyos equipos de reproducción de audio hayan sido modificados para aumentar su poder sonoro o generar sonido amplificado.
Base Legal
Fundamento de Derecho: Acuerdo 141 de 23 de septiembre de 2014.
Dirección Física
Dirección de Legal y Justicia.
Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.
Horario de atención
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m