Permiso de Trabajo – Paises amigos

Requisitos:

  1. Poder y solicitud mediante abogado en papel simple, original y copia.
  2. Copia autenticada de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración si la posee.
  3. Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración, donde conste el estatus migratorio del solicitante (B/.8.00 de timbres).
  4. Copia debidamente cotejada ante Notario Público, del carné aprobado, o en trámite emitido por el Servicio Nacional de Migración, o copia del carné de residente permanente autentificado por la Dirección Nacional de Cedulación.
  5. Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.

Nota: El permiso de trabajo expedido se otorgará  de forma provisional por tres (3) años prorrogables por el mismo término.
Para la prorroga se debe adicionar el siguiente requerimiento; pagó de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.

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