Tribunal Electoral (TE)
En la Constitución Política aprobada en 1904 por la Asamblea Nacional Constituyente, solamente encontramos dos temas electorales: el del sufragio y el de la ciudadanía y no hay referencia constitucional a ninguna autoridad electoral.
Ese mismo año, se expide la Ley 89 de 7 de julio, bajo la administración del Dr. Manuel Amador Guerrero, y se crea el Consejo Electoral de la República con jurisdicción en todo el país, integrado por cinco miembros principales nombrados cada dos años por la Asamblea Nacional. También se crearon Ayuntamientos Electorales con jurisdicción en cada provincia, y Jurado Municipales de Elecciones con jurisdicción en cada distrito. Cada uno hacía el escrutinio y proclamaba los resultados correspondientes a su circunscripción.
Mediante la Ley 1 de 22 de Agosto de 1916, bajo la Presidencia del Dr. Belisario Porras, se adopta el Código Administrativo que contiene un título dedicado al tema de las elecciones y en el cual se reglamenta toda la materia electoral. Se le cambia el nombre al Consejo Electoral de la República por el de Jurado Nacional de Elecciones y los Ayuntamientos Electorales se llamarán Jurados Provinciales.
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