Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)

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Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)

Reseña Histórica

Por medio del Decreto de Gabinete 247 de 1970, se crea la Comisión Nacional de Valores, la cual funcionaba adscrita al Ministerio de Comercio e Industrias, y le fue otorgada personería jurídica, autonomía en su régimen y manejo interno, sin embargo, al depender de un Ministerio, estaba sujeta a la vigilancia e inspección del Órgano Ejecutivo.

La Comisión estaba compuesta por cinco miembros, siendo estos el Ministro de Comercio e Industrias, o la persona que éste designara, quien la presidía; el Gerente del Banco Nacional de Panamá, o quien éste designara; un miembro prominente de la banca, un miembro prominente de la Industria y un miembro prominente del Comercio.

Esta norma reglamenta la venta de acciones en la República de Panamá y se adoptan entre otras cosas medidas para proteger a los accionistas minoritarios, la cual con el pasar de los años fue reformada por el Decreto de Gabinete 327 de 1970, Decreto de Gabinete 30 de 1972, la Ley 31 de 1991 y desarrollada en varias ocasiones por medio de Decretos Ejecutivos y Resoluciones de carácter técnico, pero manteniendo un limitado desarrollo normativo, enfocado a la emisión y venta de acciones al público, fondos mutuos u otros valores por los medios y a través de las personas establecidas por la Comisión Nacional de Valores.

De igual forma, es importante en este recuento histórico mencionar el Decreto de Gabinete 248 de 1970, por el cual se reglamenta el funcionamiento de las empresas denominadas de fondos mutuos, sus distribuidores y sus agentes vendedores, la cual fue derogada por la Ley 10 de 1993, por la cual se establecen incentivos para la formación de fondos para jubilados, pensionados y otros beneficios.

Con la promulgación del Decreto Ley 1 de 1999, por el cual se crea la Comisión Nacional de Valores (CNV) y se regula el mercado de valores en la República de Panamá, se cumple a cabalidad con la misión de elaborar una norma que pudiera expandir y modernizar la regulación del mercado de valores panameño, incorporando figuras jurídicas novedosas comunes a otros mercados de valores más desarrollados y brindando al regulador bursátil una estructura autónoma e independiente para desarrollar y fiscalizar las nuevas reglas establecidas mediante la nueva regulación, teniendo dicha Comisión una composición de tres Comisionados nombrados por el Presidente de la República. Finalmente es importante manifestar que esta norma derogó parcialmente el Decreto de Gabinete 247 de 1970, manteniendo vigente hasta nuestros días el Título V, De la Protección de los Accionistas Minoritarios.

Mediante la ley 67 de 1 de septiembre de 2011 publicada en la Gaceta Oficial No. 26863-A de 2 de septiembre de 2011, se crea la Superintendencia del Mercado de Valores como un organismo autónomo del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, presupuestaria y financiera, con competencia privativa para regular y supervisar a los emisores, sociedades de inversiones, intermediarios y demás participantes del mercados de valores.

La SMV es un organismo autónomo del Estado con personería jurídica y patrimonio propio.

Misión
Promover, regular y supervisar las actividades del mercado de valores, para su desarrollo de manera integra, transparente y eficiente, velando por la protección de los inversionistas, mediante la aplicación de altos estándares de reglamentación y fiscalización, apoyada con un recurso humano especializado, comprometido y con altos valores éticos y morales.
Visión
Ser una institución reconocida, local e internacionalmente, por su compromiso con el continuo desarrollo del mercado de valores, generando seguridad, transparencia y confianza al público inversionista.
Valores

    Responsabilidad
Compromiso continuo en la relación de las tareas asignadas.

    Integridad
Actuar con rectitud, honestidad, sinceridad y probidad.

    Confidencialidad
Protección férrea de la información obtenida en el desarrollo de las funciones.

    Transparencia
Manejar información veraz, confiable, relevante y oportuna, sobre la gestión administrativa y presupuestaria de la      Institución, sustentado las decisiones tomadas.

   Orientación de los Resultados
Encaminar todos los actos al logro de las metas.

   Independencia
Actuar sin favoritismo, garantizando equidad y estricto cumplimiento de la Ley.

Superintendente
Julio Javier Justiniani
Dirección

Calle 50, Edificio Global  Plaza,  Piso #8.

Apartado Postal: 0832-142WTC Panamá, República de Panamá.

Horario de atención
Lunes - Viernes:8:00 am-4:00 pm

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P.H. Global Plaza, Calle 50 D Este, Marbella, Bella Vista, Distrito Panamá, Panamá, 0833-0293, Panamá
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