Ministerio Público
Reseña Histórica.
Fue creado por la constitución de 1904, este organismo fue reformado mediante una reforma al código penal, código procesal penal y otros cuerpos legales para la introducción del Sistema Penal Acusatorio.
Es un organismo autónomo, es decir no forma parte de ninguno de los poderes del Estado Panameño y jerarquizado, cuya función es dirigir de forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de los delitos, los que determinan la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercer la acción penal publica en la forma prevista por la ley; de igual manera le corresponde la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos.
Base Legal. Art. 219 y 220 de la Constitución, Ley 1 de 2009.
Procurador Actual.
Eduardo Ulloa.
Nuestros Horarios.
Lunes - Viernes: 8:00am a 5:00pm
Sábado: Cerrado.
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