Direccion General de Ingresos (DGI)
Reseña Histórica de la DGI.
La Dirección General de Ingresos (DGI) se estructuró originalmente mediante Decreto de Gabinete 109, de 7 de mayo de 1970. En este momento, la DGI tenía bajo su responsabilidad la administración conjunta de los impuestos internos y aduaneros, la que se desarrollaba sobre la base de oficinas normativas y operativas para ambos tipos de impuestos. Mediante Ley 16, de 29 de agosto de 1979, se creó la Dirección General de Aduanas, la que tomó a su cargo la administración de los impuestos aduaneros.
De acuerdo con el Decreto 109 antes citado, la DGI funcionó sobre la base de diversas oficinas de tipo normativo (Departamentos de Planes y Normas, de Procedimiento de Datos, de Auditoría Integral, Jurídico) y de tipo operativo (Administraciones Regionales de Ingresos). Así mismo, actuaba la denominada Comisión de Apelaciones, órgano encargado de las apelaciones de los contribuyentes.
Posteriormente, mediante Decreto Ejecutivo N° 4 de 20 de enero de 1984, se reglamenta el Decreto de Gabinete N° 109, de 7 de mayo de 1970, el cual había sido modificado por la Ley N°16, de 29 de agosto de 1979, ya que la evolución en el tiempo determinó la identificación de problemas en la organización estructural, por lo cual el Decreto aprobado abarcó dos aspectos:
- Definición clara de las funciones de la DGI
- Nueva organización estructural de la DGI
Para el año 2013, luego de un largo proceso de estudios realizados sobre la autonomía de las Administraciones Tributarias, mediante Ley N° 24 de 8 de abril de 2013, se crea la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP):
Artículo 1. “Se crea la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP) como una institución autónoma del Estado, con competencia nacional, personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, funcional y financiera.
La Autoridad estará integrada y revestida de todas las funciones, potestades y prerrogativas otorgadas por ley a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Para todos los efectos, se entiende que la Administración Nacional de Ingresos Públicos subroga en todas sus funciones, deberes, potestades y demás que por ley se encuentren consignados a favor de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.”
Para el 11 de agosto de 2014, el Pleno de la Corte Suprema, DECLARA INCONSTITUCIONAL la Ley N°24 de 8 de abril de 2013, que crea la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos, con lo cual recupera vigencia el Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970 y sus modificaciones.
Base Legal.
Ley 8 de 30 de noviembre de 1964.
Decreto de Gabinete No.109 de 1970.
Decreto Ejecutivo No.4 de 20 de enero de 1984.
Ley 24 de 8 de abril de 2013.
Fallo de la Corte de 11 de agosto de 2014.
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