Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT)
Reseña Histórica
La Entidad inicia sus actividades en 1981, como Dirección Nacional de Transporte al asignársele una partida presupuestaria del Ministerio de Gobierno y Justicia.
Luego en la década de los 90 asume funciones que ejecutaba la Policía de Tránsito tal como la expedición de licencias, el cobro de infracciones menores, las actividades de los juzgados, la señalización vial.
Posteriormente mediante un acuerdo se trasladan las funciones de semaforización y señalización de las vías a esta entidad de transporte terrestre.
Con el transcurrir de los años se hace necesario establecer una política nacional en materia de transporte terrestre público de pasajeros para lograr una mayor eficiencia en la planificación, coordinación,
operación y racionalización de las distintas modalidades por lo que el 28 de julio de 1999 se sanciona la Ley 34 que crea la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.
Misión
La Institución tiene la misión de ser una entidad única de gestión de tránsito y transporte terrestre para fortalecer el sector y mejorar el servicio, regular la movilización eficiente de personas, equipos y cargas, atender todo lo relacionado con la regulación de los sucesos y actividades de los vehículos a motor, así como todo lo referente al uso de las vías.
Visión
Panamá, en el nuevo, milenio estará caracterizada por un creciente flujo de tránsito y transporte terrestre que requerirá de la movilización eficiente de personas, equipos y carga; es por ello que la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre mantendrá el liderazgo y la dinámica de las actividades que le son inherentes, la cobertura de sus programas básicos, el compromiso con la comunidad, la diversidad y calidad de servicios a ella dispensados, a fin de llenar las necesidades en lo que respecta a esta materia.
Por otro lado, establecerá una política nacional en materia de desarrollo del transporte terrestre público de pasajeros, para lograr una mayor eficiencia en la planificación, coordinación, operación y racionalización de las distintas modalidades del transporte terrestre público de pasajeros, así como un adecuado equilibrio entre los intereses y necesidades de los usuarios, de los transportistas y del Estado.
Base legal
La Ley 34 de 28 de julio de 1999 crea la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre como Entidad Autónoma del Estado. La Información que presenta la Segunda Edición del Manual de Institución y funciones correspondientes a enero de 2008 se fundamente en la precitada Ley.
Objetivos de la Institución
Planificar, investigar, dirigir, supervisar, fiscalizar, y controlar las operaciones de tránsito y transporte terrestre en la República de Panamá.
Director General
Arquitecto Miguel A. Martínez Gordón
Reglamento del Tránsito
Location
Contact Information
Video
Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) 0 reseñas
Accede para escribir tu reseñaAún no hay reseñas.